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¿Qué cubre y que no cubre un Seguro de Incendios para el Hogar?

Todo dependerá de la Aseguradora, pero en rasgos generales este Seguro cubre los daños al inmueble ocasionados por la acción directa del incendio, los daños causados por el calor, el humo, el vapor, o los medios empleados para extinguir o contener el fuego, remoción de escombros y traslado de muebles, inhabitabilidad de la vivienda, daños por explosión y daños por efecto de rayos (https://www.argentina.gob.ar/noticias/seguro-de-incendio).

No cubre los daños por quemadura, chamuscado, humo o cualquier deterioro que provenga de contacto o aproximación a fuentes de calor, experimentos de energía atómica o nuclear; utilización de tal energía, emisiones radioactivas, o contaminación por radioactividad por cualquier combustible nuclear o de cualquier residuo.

En caso de ocurrir un siniestro, el asegurado tiene la obligación de:

– Reducir las consecuencias.
– Notificar el siniestro.
– Mantener siempre informada a la compañía de seguros.
– Informar a la aseguradora de las recuperaciones.
– Comunicar a los perjudicados la existencia del seguro.

Este seguro lo pueden contratar tanto el inquilino, el propietario o la inmobiliaria.

Entre las aseguradoras que otorgan esta cobertura se encuentran:

San Cristóbal: www.sancristobal.com.ar/institucional/seguros-para-personas-y-profesionales/incendio/
La Segunda: www.lasegunda.com.ar/seguro-contra-incendio
Sura: www.segurossura.com.ar/productos/empresas/pymes/incendio/

Más información:
Twitter: @aseuradosaldiafans
Instagram: @aseguradosaldiaguradosaldia
Facebook: @Aseguradosaldiafans

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