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Córdoba – Indemnizan a hermanas no convivientes de un ciclista que murió en siniestro vial (04/12/17)

El juez en lo Civil y Comercial de San Francisco, Carlos Viramonte, declaró la inconstitucionalidad del artículo 1741 del Código Civil y Comercial (CCC), en tanto niega la legitimación para reclamar el daño moral a los hermanos no convivientes cuando se produce la muerte del damnificado.

En consecuencia, el magistrado resolvió indemnizar no solo a los padres de un ciclista que murió en un accidente de tránsito, sino también a sus tres hermanas no convivientes, según difundió la Justicia.

El accidente se produjo el 3 de septiembre de 2015, cuando un camión Scania, con acoplado, embistió a un hombre que circulaba por la Autovía ruta 19 en bicicleta.

Leer nota completa: www.lavoz.com.ar/indemnizan-hermanas-no-convivientes-de-ciclista-que-murio-en-siniestro-vial

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