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Consejos generales

SEGUROS PATRIMONIALES

Si tenes abogado tenes derecho a que te muestre lo último presentado en el expediente.

El honorario (del abogado) va del 20 al 30 % de la indemnización.

El poder no es obligación otorgarlo. Y puede ser sin que tenga facultad para cobrar el abogado y así vos manejas tu plata.

Vos podes acceder a la información de cómo va tu caso en la aseguradora o bien en el juzgado.

Siempre conserva los datos y pedí copias de todo lo que firmas sino no firmes.

Siempre pedirle los datos completos a tu abogado y anda al colegio sito en corrientes y Uruguay a chequear los mismos

RIESGOS DEL TRABAJO

¿Cuál es la alcance de la cobertura otorgada por la ART?

Las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo nacen en el año 1996 en el marco de la Ley 24557 para cubrir los denominados “Accidentes del Trabajo” definidos como: “todo acontecimiento súbito y violento ocurrido por el hecho o en ocasión del trabajo, o en el trayecto entre el domicilio del trabajador y el lugar del trabajo, y las “Enfermedades Profesionales”, detalladas en un decreto dictado por el Poder Ejecutivo Nacional.

En todos los casos mencionados se brindarán prestaciones dinerarias en caso de corresponder (Indemnizaciones por incapacidades laborales temporarias o permanentes o muerte y7o salarios caídos) y prestaciones en especies, es decir, la atención médica necesaria de acuerdo al siniestro ocurrido.

¿Quiénes pueden tener la cobertura de ART?

Trabajadores en Relación de Dependencia.

Trabajadores vinculados por contrato de pasantías y becas.

Trabajadores de casa particulares, empleadas domésticas.

 

CONSEJOS PARA ASEGURADOS, CONSUMIDORES, USUARIOS, VISITANTES

Elegí o comprá un seguro por precio; y además por servicio, respaldo y prestigio de la aseguradora.

Exigí saber dónde estás asegurado, tus derechos, quién te asegura, que asesoramiento y servicios te corresponden, tus obligaciones.

Un productor-asesor profesional, que sepa íntegramente las coberturas posibles y necesarias para cubrir tus bienes. La prioridad siempre serás vos. Un mal asesoramiento puede hacerte perder tu patrimonio. El estado NO es responsable por el mal desempeño de un asesor ni de una aseguradora.

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